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Divorcio Notarial
Estamos acostumbrados a que los divorcios se deban formular ante los juzgados, después de la modificación de la Ley Jurisdicción Voluntaria, existe una nueva posibilidad, el divorcio ante notario. Divorcio notarial Barcelona
No todo divorcio puede efectuarse ante notario. Únicamente se podrá efectuarse aquellos divorcios de mutuo acuerdo (las dos partes están de acuerdo en divorciarse en las condiciones acordadas) y en las que la pareja no tenga hijos menores de edad o con hijos con la capacidad modificada.
El notario podrá ser elegido por los clientes, pero deberá ser del mismo partido judicial del último domicilio común o residencia habitual de cualquiera de los solicitantes.
En el divorcio notarial sera necesaria ser asistida en el otorgamiento de la escritura pública de divorcio por Abogado en ejercicio. El Abogado tendrá la función de redactar el convenio ademas de negociar y asesorar legalmente sobre todo el procedimiento. El Abogado deberá firmar la escritura la escritura pública.
El Convenio Regulador debe tratar sobre los siguientes aspectos :
✅La atribución del uso de la vivienda y ajuar.
✅La contribución a las cargas del matrimonio.
✅La liquidación, cuando proceda, del régimen económico del matrimonio.
✅ El establecimiento de una posible pensión compensatoria.
La ventaja que dispone el divorcio notarial que es inmediato en 24 horas podrá divorciarse. Mientras que el divorcio judicial puede durar el procedimiento un mínimo de 1 mes.
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¿Todo divorcio puede tramitarse ante el notario?
No, solo se puede tramitarse notarialmente un divorcio, cuando sea de mutuo acuerdo (los dos están de acuerdo) sin hijos menores de edad o sin hijos discapacitados.
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¿Es obligatorio la intervención de abogado?
Si es obligatorio la intervención de un abogado, con el objetivo de garantizar el buen asesoramiento y la protección de los dos cónyuges. La figura que no es obligatoria es la figura del procurador, que si que es obligatoria en el procedimiento de divorcio judicial.
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¿Cuanto tiempo tardaré en divorciarme?
Podemos estar divorciados 24 horas. Desde la firma de la escritura del divorcio tendrá validez ya el divorcio, ademas el notario informará al Registro Civil e inscribirá el divorcio.
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¿El convenio regulador debe incorporarse al divorcio notarial?
Si, es obligatorio. El convenio regulador lo redactará el abogado y debe tratar lo que determina el artículo 90 del Código Civil, que es lo siguient-La atribución del uso de la vivienda y ajuar familiar.
– La contribución a las cargas del matrimonio (gastos comunes) así como sus bases de actualización y garantías en su caso.
– La liquidación, cuando proceda, del régimen económico del matrimonio.
– El establecimiento de una posible pensión compensatoria.
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¿Podemos elegir notario?
Se puede elegir notario pero ese notario debe ser un notario de la localidad del último domicilio común, o bien un notario de la misma localidad de residencia de uno de los cónyuges.Podemos elegir un notario desde la web http://www.notariado.org/
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¿Qué documentación necesito?
Necesitaremos que nos presente la siguiente documentación:-Libro de familia. (Para acreditar que no se tiene hijos)
-Certificado de empadronamiento. (Para determinar la competencia del notario)
-DNI o NIE (identificación de los cónyuges).
-Convenio Regulador (Lo redactara el abogado)

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