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Abogado custodia compartida.
La custodia compartida esta cada vez mas arraigada a la sociedad española. Es verdad que el artículo 92 del Código Civil determina que sera una medida excepcional, pero el Tribunal Supremo determino que no debe ser una medida excepcional, sino que al contrario, habrá de considerarse normal e incluso deseable, porque permite que sea efectivo el derecho que los hijos tienen a relacionarse con ambos progenitores, aun en situaciones de crisis, siempre que ello sea posible. Hay que analizar diversos factores para determinar si podremos obtener una custodia compartida.
La custodia compartida es el sistema ideal.
Como he mencionado anteriormente el Tribunal Supremo determino que es el sistema normal e incluso deseable, porque permite que sea efectivo el derecho que los hijos tienen a relacionarse con ambos progenitores. Por tanto el artículo 92 del Código Civil quedaría vació siempre y cuando de los hechos probados se desprendan ausencias de circunstancias negativas que impidan el sistema de custodia compartida.
El progenitor debe acreditar que es un sistema adecuado para el menor.
No es suficiente con solicitar el modelo de custodia compartida, si no que habrá que justificar a través de un plan contradictorio ajustado a las necesidades y disponibilidad de las partes implicadas que integre con hechos y pruebas los distintos criterios y la ventajas que va a tener para los hijos una vez producida la crisis de la pareja, lo que no tiene que ver únicamente con la permanencia o no de los hijos en un domicilio estable, sino con otros aspectos referidos a la toma de decisiones sobre su educación, salud, educación y cuidado; deberes referentes a la guarda y custodia, periodos de convivencia con cada progenitor; relación y comunicación con ellos y régimen de relaciones con sus hermanos, abuelos u otros parientes y personas allegadas, como ha determinado el Tribunal Supremo en abril de 2013.
Enfrentamientos entre los cónyuges.
La relación entre los cónyuges por si mismas no deben ser relevantes para determinar la guarda y custodia compartida. Pero si esta relación es conflictiva y perjudica al menor, si que tendrá su importancia ya que afectaría al insertes del menor y no se consideraría el mejor sistema de guardia y custodia. Como determino el Tribunal Supremo en Abril de 2013 que concluyo «Esta Sala debe declarar que la custodia compartida conlleva como premisa la necesidad de que entre los padres exista una relación de mutuo respeto que permita la de adopción actitudes y conductas que beneficien al menor»
Pensión de alimentos.
Como norma general el Tribunal Supremo a determinado que la pensión de alimentos, en supuestos de guarda y custodia compartida, establece que cada progenitor los satisfará el tiempo que este con él siempre que no exista desproporción económica entre los cónyuges. Por tanto la guarda y custodia compartida no exime del pago de la pensión de alimentos si existe desproporción entre los ingresos de ambos cónyuges.
Distancia entre los domicilios de los progenitores.
La custodia compartida no se podrá otorgar cuando perjudique al interés del menor como consecuencia de que los progenitores residan en localidades lejanas, ni cuando como consecuencia afecte al sueño por largos desplazamiento para ir al colegio matriculado. La distancia no solo dificulta sino que hace inviable a adopción del sistema de custodia compartida de estancias semanales, ya que ello puede provocar alteraciones en la vida del menor cuando este esta escolarizado.
Preguntas frecuentes Custodia compartida
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¿Qué es la guarda y custodia?
La guarda y custodia es ejercer la guarda y custodia de tus hijos menores en igualdad de condiciones y con los mismos derechos y deberes.
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¿En caso de violencia de género, se puede solicitar custodia compartida?
No, en virtud del artículo 92.7 del Código Civil, ademas de que los menores quedarían en una situación de riegos por extensión del que sufre su madre.
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¿Cuántos KM puede considerarse una distancia que afecte al menor?
Cada situación habría que analizarse de manera individual, existen Sentencias que han denegado por una distancia de 50 Km el régimen de custodia compartida, y existe sentencias que admiten con 35 Km la custodia compartida, pero como hemos dicho al principio habría que analizar la situación personal de cada progenitor y del menor.
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¿Si tengo custodia compartida, tendré que pagar pensión de alimentos al otro progenitor?
La pensión de alimentos dependerá de si existe algún desequilibro económico entre los cónyuges.
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¿Custodia compartida es un sistema excepcional ?
No el Tribunal Supremo determino que el sistema de guarda y custodia es sistema normal e incluso deseable.

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